
CENTROS EDUCATIVOS QUE FORMARÁN PARTE DE LA PROPUESTA “CENTROS EDUCATIVOS MARÍA ESPÍNOLA”
Resolución: Resolución Nº 2313/2020
Tipo de Resolución: Consejo
Subtipo de Resolución: Resolución
Expediente: Expediente Nº 2020-25-4-009038
Fecha: 08/12/2020
El CETP resuelve: 1) Disponer que formarán parte de la propuesta "Centros Educativos María Espínola" la Escuela Técnica de Flor de Maroñas N° 2, Escuela Técnica Barrio Lavalleja, Escuela Agraria de Minas, el Centro Educativo Asociado - Escuela N° 71 - Paysandú, el Centro Educativo Asociado - Escuela N° 230 Puntas de Manga - Montevideo y la Escuela Técnica a crearse en la ciudad de Bella Unión. 2) Determinar que los docentes efectivos que opten por elegir en los centros educativos mencionados precedentemente lo harán por un período de tres (3) años, sin perjuicio de las instancias de ratificación de elección de horas que corresponda a futuro, asimismo no afectará Resoluciones de concesión de prórrogas de actividad docente ya adoptadas por este Consejo, así como tampoco aquellas que correspondan adoptar en el marco de lo establecido en el Estatuto del Funcionario Docente. 3) Establecer que al momento del acto de elección/designación de horas, se deberán identificar los "Centros Educativos María Espínola", asimismo se deberá notificar y recabar la voluntad expresa de los docentes (efectivos e interinos) que opten por tomar horas en los referidos centros educativos, de realizar las instancias de capacitación y desarrollo profesional que se establecerán oportunamente. 4) Encomendar al Programa de Gestión Educativa lo dispuesto en el Numeral3) de la presente Resolución.