
LLAMADO A ASPIRACIONES A NIVEL NACIONAL, PARA CONFORMAR UN REGISTRO DE ASPIRANTES A CUMPLIR FUNCIONES DE COORDINADOR DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS (CAE): RECTIFICACIÓN
Resolución: Resolución Nº 2614/2024
Tipo de Resolución: Dirección General
Subtipo de Resolución: Notificación
Expediente: Expediente Nº 2024-25-4-001448
Fecha: 11/06/2024
La Dirección General resuelve: 1) Rectificar el Numeral 1) de la Resolución Nº 1581/2024 en lo que respecta a la CARGA HORARIA estableciendo que donde dice:...”Cantidad de grupos de Educación Media y Educación Terciaria.”, debe decir: Cantidad de grupos de Educación Media Superior y Educación Terciaria y donde dice: “Existencia de otras figuras, Adscriptos, Referentes, Coordinadores de Áreas Específicas.” debe decir: Existencia de otras figuras de acompañamiento. Incluir un último párrafo el que versará: A efectos de optimizar el servicio educativo y atender los aspectos académicos si en algún tumo no estuviesen presentes figuras de acompañamiento para los estudiantes de Educación Media Superior y/o población joven y adulta (de planes EPJA), la figura del Coordinador de Actividades Educativas es quien se hará cargo. DEPENDENCIA: donde dice: “La dependencia deberá ser administrativa y jerárquica del Director del centro educativo al que pertenezca...” debe decir: La dependencia jerárquica es del Director del Centro. El párrafo: “En los primeros 15 días previos al comienzo del curso, deberá elaborar un plan de trabajo que deber ser aprobado por el Director del Centro y elevado a la Dirección del Programa de Educación Terciaria y Dirección del Programa de Educación Media según corresponda quienes evaluarán el plan con los Coordinadores de Carrera y/o Inspectores Técnicos.”, pasará a TAREAS FUNCIONALES GENERALES, luego del primer párrafo y versará: En los primeros 15 días previos al comienzo del curso, deberá elaborar un plan de trabajo que debe ser aprobado por el Director del Centro y elevado a la Dirección del Programa de Educación Terciaria y Dirección del Programa de Educación Media según corresponda. 2) Excluir del Numeral 1) de la Resolución citada precedentemente en DEPENDENCIA, el párrafo que determina que se contará con 15 días para realizar las devoluciones, si correspondiera. De no mediar respuesta por parte de los programas educativos, el plan de trabajo se considerará aprobado. 3) Rectificar el segundo Numeral 3) de la misma, al cual le corresponde el Numeral 4), ampliando los tribunales, los cuales quedarán integrados de la siguiente manera.